El TS obvia que una Convención Internacional ratificada por España ampara la investigación que inició Garzón
Héctor Juanatey | 12 abril, 2010Para comprender mejor la irracionalidad del enjuiciamiento del magistrado Baltasar Garzón, es necesario atender a una serie de cuestiones jurídicas que determinan, por decirlo de algún modo, la inocencia del juez.
A Garzón, tras unas querellas presentadas por Manos Limpias, Libertad e Identidad y la Falange Española de las JONS, se le acusa de prevaricación por haberse declarado competente para investigar los crímenes del franquismo. Uno de los puntos en los que se ampara el magistrado Luciano Varela para sentar a Garzón en el banquillo es que este último se ha saltado la Ley de Amnistía de 1977. Dejando a un lado el hecho de que se pueda estar a favor o en contra de dicho acuerdo, el caso es que la Amnistía del 77 se realizó, más que nada, con el objetivo de indultar y reconocer la lucha antifranquista, dejando en libertad a todos aquellos opositores a la dictadura que habían sido procesados o condenados por tribunales franquistas. No hay que olvidar, sin embargo, que dicha amnistía incluía también a un gran número de militares y políticos afines al régimen de Franco, aunque, como bien dice Luis Acebal, vicepresidente de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, en un artículo en periodismohumano.com, “estos no lo necesitaban, porque con los que estaban vivos ¿quién se atrevía?”. Lea el resto »






